Reforma de los Artículos 15 y 70 y Adición de los Transitorios IV y V, de la Ley de Planificación Urbana, Ley 4240 de 15 de noviembre de 1968 y sus Reformas, para Fomentar la Aprobación los Planes Reguladores Cantonales
Propósito del Proyecto
Establece una sanción para aquellos Concejos Municipales que no adopten un plan regulador, respaldado a ciencia y técnica. Por otro lado, mediante normas transitorias, establece un tiempo prudencial para que los concejos inicien y aprueben dichos planes. Además, con la modificación al artículo 70 de la Ley N°4240, Ley de Planificación Urbana se establece la priorización con la cual, los municipios utilizarán los recursos obtenidos por los impuestos recaudados y autorizados por esa ley.