Reforma Al Código Municipal, Ley N° 7794 Del 30 De Abril De 1998 Y Sus Reformas, Para Establecer Un Tope Al Salario De Los Jerarcas Municipales
Propósito del Proyecto
Pretende que el monto máximo por devengar para quien ejerza la alcaldía municipal no podrá superar el salario total sin ausencias de un diputado de la República, así mismo, el ingreso máximo por devengar para un regidor municipal no superará la suma del 25% del salario que percibe el alcalde.