Adición de un Artículo 214 Ter Al Código Penal, Ley N.º 4573 del 4 de mayo de 1970, Extorsión Sexual
Propósito del Proyecto
Introduce la extorsión sexual en el Código Penal, y estableciendo una pena de prisión de 4 a ocho años a quien amenace o intimide con la difusión, distribución, divulgación y publicación de videos, imágenes o cualquier otro material de contenido sexual de una persona sin su consentimiento, con el propósito de causarle daño, humillación o cualquier otra forma de perjuicio.