Ley para flexibilizar la salida del país de obligados alimentarios (Reforma del Artículo 261 y adición de un Artículo 261 Bis a la Ley N.º 9747 del Código Procesal de Familia)
Propósito del Proyecto
Pretende modificar los requisitos para que las personas obligadas a pagar pensión alimenticia, para que por medio de la autorización de un juez de Pensiones Alimentarias pueden salir del país, por razones justificadas y debidamente acreditadas, a quienes tengan al menos dos años de tener pensión alimentaria judicializada y no hayan incumplido ningún pago mensual, sin necesidad de dejar depositados los meses de cuotas que les corresponde actualmente.